Definición
En España, la plusvalía inmobiliaria se denomina "ganancia patrimonial".
Es un impuesto que paga el vendedor o el comprador (en el caso de un vendedor no residente) que obtiene un beneficio en la venta de una propiedad.
Esta ganancia de capital puede derivarse de diversas transacciones, como la venta de una propiedad, una donación o la cesión de un bien.
Atención: debe diferenciarse de la "plusvalía municipal", un impuesto local que grava el incremento de valor de los terrenos de naturaleza urbana durante una transacción inmobiliaria.
El cálculo de la plusvalía inmobiliaria
Para conocer el importe de la plusvalía, hay que utilizar la siguiente fórmula:
Ganancia o pérdida patrimonial = valor de transmisión – valor de adquisición
- Valor de adquisición: es la suma del precio del inmueble (que figura en la escritura pública) y de todos los gastos e impuestos asociados a la compra (gastos de tasación, notaría, abogado, agencia inmobiliaria, obras realizadas, amortizaciones practicadas en caso de vivienda alquilada, IBI, etc.).
- Valor de transmisión: es la suma del precio de venta y todos los gastos vinculados a la venta.
La tributación de la plusvalía inmobiliaria en España
Si planea vender un inmueble en España, esto es lo que le espera en términos fiscales.
¿Qué debe saber sobre este impuesto?
El tipo impositivo sobre la plusvalía es progresivo y varía según varios factores:
- En función de la residencia fiscal.
- En función del importe de la ganancia de capital.
Como recordatorio, se considera residente fiscal en España a quien:
- Vive 183 días acumulados al año en España.
- Tiene sus intereses personales o profesionales situados en España.
Impuesto sobre la plusvalía inmobiliaria para residentes fiscales españoles
La plusvalía debe declararse en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Para saber más sobre este impuesto, lea nuestra ficha práctica sobre el IRPF.
Aquí está el baremo de 2023.
- Para los primeros 6.000 € de ganancia: 19%
- De 6.000 a 50.000 €: 21%
- De 50.000 a 200.000 €: 23%
- De 200.000 a 300.000 €: 27%
- Más de 300.000 €: 28%
Impuesto sobre la plusvalía inmobiliaria para no residentes
Es del 19% para los residentes de la Unión Europea, quienes deben declararlo en el marco del Impuesto sobre la Renta de No Residentes.
Para saber más sobre sus obligaciones fiscales como no residente, consulte nuestro artículo: "Los 5 impuestos imprescindibles del no residente".
Llamamos su atención sobre su forma de pago: para combatir la evasión de capitales, existe en España un sistema de retención en el momento de la firma ante notario si el vendedor es no residente. Se retiene un 3% del impuesto al comprador. Esta suma debe ingresarse en la Agencia Tributaria en el plazo de un mes. El vendedor, por su parte, debe abonar el 16% restante en los tres meses siguientes.
Casos de exención
Para la vivienda habitual:
En el caso de venta de la vivienda habitual, las ganancias están exentas de impuestos si se reinvierten en otra vivienda habitual en un plazo de dos años.
Para mayores de 65 años y personas con gran dependencia:
La exención es total para:
- Los propietarios mayores de 65 años.
- Las personas en situación de gran dependencia o dependencia severa.
Nuestro consejo: para conocer el importe de su plusvalía inmobiliaria, contacte con la Agencia Tributaria o con su gestor. J’achète en Espagne puede recomendarle expertos de confianza. Contáctenos.
Y, para ir más allá, le aconsejamos leer nuestra ficha práctica: “La venta de un inmueble en España”.